Peajes: Piden declarar su inconstitucionalidad

Peajes: Piden declarar su inconstitucionalidad

FacebookTwitteremailPrint El Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (Conaduv) expresó que el sistema de cobro aplicado en las rutas desde los 90 está fuera de la ley • “El sistema, que rige desde los años 90, es inconstitucional, teniendo en cuenta la falta de caminos alternativos libres de pago”, afirmaron  Ante la generalizada protesta […]

El Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (Conaduv) expresó que el sistema de cobro aplicado en las rutas desde los 90 está fuera de la ley • “El sistema, que rige desde los años 90, es inconstitucional, teniendo en cuenta la falta de caminos alternativos libres de pago”, afirmaron 

Ante la generalizada protesta de usuarios viales que se viene reiterando en distintas estaciones de peaje de los corredores nacionales concesionados –entre ellas la movilización efectuada el sábado 23 de marzo ante las cabinas de Colonia Elía-, el Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (Conaduv) informó que “el sistema de peaje, que rige desde los años 90 es inconstitucional, teniendo en cuenta la falta de caminos alternativos libres de pago y la doble imposición generada, principalmente, por el aporte del Impuesto a los Combustibles, que realizan los usuarios viales con tanto esfuerzo y que lamentablemente es malversado por el Estado argentino”.

Se indicó que “la Constitución nacional es clara respecto al libre tránsito en Argentina.

“Artículo 10: En el interior de la República es libre de derechos la circulación de los efectos de producción o fabricación nacional, así como la de los géneros y mercancías de todas clases, despachadas en las aduanas exteriores.

“Artículo 11: Los artículos de producción o fabricación nacional o extranjera, así como los ganados de toda especie, que pasen por territorio de una provincia a otra, serán libres de los derechos llamados de tránsito, siéndolo también los carruajes, buques o bestias en que se transporten; y ningún otro derecho podrá imponérseles en adelante, cualquiera que sea su denominación, por el hecho de transitar el territorio.

“Artículo 14: Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

“El ejercicio del derecho constitucional de libre tránsito, que proclama el artículo 14 de la Constitución rige sin excepción para calles, rutas, autopistas y cualquier clase de vía de comunicación en todo el territorio de la Nación.

“El primer requisito que debe cumplir cualquier reglamentación a la libertad de tránsito en materia de peaje, a efectos de salvar su constitucionalidad, es la existencia de caminos o vías alternativas. Es decir que el peaje solo será procedente cuando, existiendo otro camino -un camino paralelo- entre los mismos puntos del territorio, el particular prefiera trasladarse o, en su caso, transportar su mercadería por una vía sujeta a peaje, que en principio supone caminos de mejor calidad y mayor rapidez y seguridad de traslado.

“El camino debe ser no solo alternativo, sino, también, paralelo, pues de lo contrario resultaría muy fácil burlar este requisito, sugiriéndose el desvío del tránsito por vías que para unir los mismos puntos del territorio signifiquen duplicar o triplicar la cantidad de kilómetros recorridos, lo que evidentemente resultaría absolutamente irrazonable.

“Que el sistema de peaje directo con cabinas de cobro en ruta está concebido para cuando primero se hacen las obras, luego de finalizadas se recupera la inversión a través de una tarifa de peaje razonable por tratarse de un servicio público, y con un camino alternativo libre de pago. Todo lo contrario a lo impuesto en nuestro país, tanto en corredores nacionales como provinciales, ya que se instaló el ‘peaje’ en rutas existentes pagadas con creces con nuestros impuestos y sin caminos alternativos libres de pago.

“Esto ha ocasionado verdaderos ‘monopolios naturales’, dejando a los usuarios viales como rehenes de las empresas concesionarias y sin derecho a reclamo alguno. Los caminos son de dominio público y no propiedad de un presidente, gobernador, funcionario, intendente o empresario”, se lee en el documento que reprodujo La Calle.

“Que el sistema de ‘falso peaje’, que rige en el país, es en realidad un ‘impuesto al tránsito’, actuando como un nuevo costo o cargo económico, generando así serios perjuicios sociales y económicos que afectan a los usuarios viales y a toda la sociedad en su conjunto por el aumento en el costo de transporte que se ocasiona”.

Es por ello que, desde “el Conaduv se exhortó a terminar de una vez por todas con esta estafa vial que se padece desde los 90, implementando un verdadero proyecto libre de peaje que contemple toda la red caminera, a través de la efectiva reasignación de los fondos que se recaudan del Impuesto a los Combustibles. Sólo se exige a quienes gobiernan y a nuestros representantes a tener coraje, voluntad y decisión política para hacer cumplir la Constitución, logrando frenar este verdadero atropello que no se tolera más”. 
 

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