Pileta Semiolimpica: ¿Qué dice el texto de la ordenanza?

Pileta Semiolimpica: ¿Qué dice el texto de la ordenanza?

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La norma elaborada en la anterior gestión de gobierno y que fuera presentada en su momento ante concejales y profesores de Educación Física en el Concejo Deliberante de la ciudad de Federación establece el uso para distintos fines y que podrá ser utilizada por quienes se ajustan a las normas que para la misma se establecen; adaptando su actividad según lo prescriben los capítulos específicos.


El Proyecto de Ordenanza, si bien fue tratado en su momento, aun no se puso en práctica debido a que se esperaba tener concluidas las infraestructura deportiva en su conjunto; como ser pileta semiolimpica, vestuarios y sanitarios, tribunas y pórtico de ingreso, inversión municipal que significo en su totalidad unos $ 5,5000,000 aproximadamente, trabajos finalizados en el pasado mes de diciembre.
 
 
En el texto de la ordenanza, a la que accedió INFORME CIUDADANO, se establece que la pileta semiolimpica será de uso público, de uso semipúblico, de uso para competencia deportivas y de uso comercial, indicándose en cada uno de ellos quienes se ajustan a las exigencias y condiciones que se solicita para la utilización de la pileta, ajustándose además a los horarios diarios que se determine en el parque termal
 
 
El Departamento Ejecutivo Municipal determinará a través de la autoridad competente la categoría a la cual corresponde cada uso de la pileta semiolimpica, la que se pretende autorizar a partir de la fecha de la promulgación de la Ordenanza. Esta enumeración antes mencionada no excluye que, si las circunstancias lo exigieran, se incorporen otras modalidades de uso de la pileta.
 
 
Entre otras de las reglamentaciones del Proyecto de Ordenanza se prevee que el Municipio dispondrá durante el horario de uso de la pileta servicio de enfermería en el predio del parque termal, toda persona que quiera hacer uso del natatorio deberá poseer un certificado Médico de buena salud, cumplir con el reglamento de utilización de la pileta; los usuarios para tener derecho a la utilización de la pileta semiolimpica deberán ingresar por el acceso principal al parque termal debiendo abonar la entrada acorde a su valor correspondiente por citar algunos de puntos establecidos en la ordenanza que plantea integrar a todas las personas, instituciones y sectores de la comunidad. (Informe Ciudadano)
 
 

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