Se acordó una equiparación del adicional salarial que beneficia a equipos directivos de inicial y primaria

Se acordó una equiparación del adicional salarial que beneficia a equipos directivos de inicial y primaria

FacebookTwitteremailPrint La Comisión de Análisis para la Equiparación del Adicional Salarial de Equipos Directivos • Se resolvió acordar la equiparación del Código 03 y el Código 08 • De esta manera, los compañeros que integran los equipos directivos de los niveles Inicial y Primario pasarán a cobrar el adicional en los mismos términos que lo […]

La Comisión de Análisis para la Equiparación del Adicional Salarial de Equipos Directivos • Se resolvió acordar la equiparación del Código 03 y el Código 08 • De esta manera, los compañeros que integran los equipos directivos de los niveles Inicial y Primario pasarán a cobrar el adicional en los mismos términos que lo perciben los del nivel Secundario

Este miércoles 12 de junio se llevó a cabo en la sede del Consejo General de Educación una nueva reunión de la Comisión de Análisis para la Equiparación del Adicional Salarial de Equipos Directivos, aprobada por Resolución N° 3241/18.

Concurrieron en representación de Agmerla Secretaria Adjunta, Ana Delaloye, los vocales de CDC, Fabián Peccín y Federico Tálamo, y los miembros paritarios Víctor Hutt y Julieta Rivarola. Estuvieron presentes además representantes del CGE y de AMET.

Una vez iniciada la reunión y luego de expuestos y analizados los aspectos presupuestarios, se resolvió acordar la equiparación del Código 03 y el Código 08. De esta manera, los compañeros que integran los equipos directivos de los niveles Inicial y Primario pasarán a cobrar el adicional en los mismos términos que lo perciben los del nivel Secundario, corrigiendo de este modo una diferencia injusta que llevaba varios años.

Por otro lado, desde Agmer se plantearon algunas demandas para continuar con la discusión. Por un lado, se solicitó y fundamentó la incorporación de los cargos de directores y vicedirectores de las escuelas Nina, los cuales son exceptuados por el CGE por percibir el Código 05, el cual no debiera ser tomado como criterio en razón de que el mismo es un adicional por prolongación de jornada y no por la tarea de conducción. Por el otro, la necesidad de avanzar también en la equiparación del adicional salarial para equipos directivos del nivel Superior.

Como sindicato estaremos velando por el inmediato cumplimiento de este acuerdo, el cual debe ser homologado en el ámbito de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social una vez que el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas remita el informe correspondiente.

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