Deporte en el recuerdo o la dirigencia deportiva en su máxima expresión

Deporte en el recuerdo o la dirigencia deportiva en su máxima expresión

Este 31 de julio se cumplen 12 (doce) años del día en que se aprobó el texto del artículo incorporado en la Constitución de Entre Ríos donde se reconoce al Deporte como un Derecho Social para todos los entrerrianos.

OPINION: Edelmiro A. Moran.  El 31 de julio de 2008 en el anfiteatro del Consejo Gral. De Educación en la ciudad de Paraná con la presencia de numerosos dirigentes deportivos, el plenario de la Convención Constituyente de la provincia de Entre Ríos aprueba por unanimidad el siguiente texto:

  • El Estado reconoce al Deporte como derecho social.  Promueve la actividad deportiva para la formación integral de la persona facilitando las condiciones materiales, profesionales y técnica para su organización, desarrollo y el acceso a su práctica en igualdad de oportunidades.
  • Asegura, a través del Consejo Provincial del Deporte, la participación de la comunidad deportiva en la elaboración, definición y coordinación de las políticas para el área.
  • Preserva, en un marco de solidaridad comunitaria y educativa, la existencia de las instituciones deportivas con fines sociales, protegiendo su infraestructura. 

Texto incorporado al cuerpo de la flamante Constitución en el Capítulo I “Declaraciones, Derechos y Garantías” como Articulo N° 27 y sancionada el 11 octubre de 2008.

Como todo en la vida esto no fue casual sino el resultado de acciones concretas.

Para llegar a la sanción de ese artículo que otorga rango constitucional al Deporte se pueden referenciar dos momentos, uno contemporáneo a la Convención y otro histórico.

En el año 2007 a instancia del poder ejecutivo encabezado por el Dr. Jorge Pedro Busti se impulsa un referéndum con el objeto de reformar en parte la Constitución provincial vigente hasta el momento, que databa de 1933, con el propósito de asimilar a la Constitución Nacional reformada en 1994 y dar cabida a nuevos derechos, como ser la participación popular, medio ambiente yotros tendientes a la modernización del Estado y la relación de los habitantes con el mismo.

Ante este marco la comunidad deportiva se moviliza en cabeza del Consejo Provincial del Deporte y milita por el “SI” a la reforma. Propuesta finalmente avalada ampliamente por el voto de los entrerrianos y es así que en enero de 2008 comienza a sesionar la Convención Constituyente integrada por 45 convencionales representantes de cinco espacios políticos diferentes. 

Fueron meses de mucha ebullición hasta ese 31 de julio, de reuniones, de investigación, de estudio de legislación comparada, de entrevistas con los convencionales integrantes de cada espacio y comisiones para interesarlos y asesorarlos del tema, de enunciados y síntesisde ideas. Impulso que se ve plasmado en el accionar del Dr. Fernando Báez Convencional Constituyente, pero también dirigente deportivo de valía que lleva la voz cantante ante sus pares.

El artículo 27 es la síntesis de ese trabajo ante los Convencionales quienes consagran al Deporte como Derecho Constitucional y reconocen por consenso absoluto al Consejo Provincial del Deporte (COPRODE) como interlocutor entre la comunidad deportiva y el Estado.

Este punto nos lleva a una historia más remota. A mediados de la década de 1980, cuando un minúsculo grupo de dirigentes deportivos alentados por la primavera que la flamante democracia representaba comenzaron a recorrer la provincia a lo largo y ancho promocionando las bondades del deporte y la necesidad de un marco legal que lo contenga. Así se llega a 1990 con la sanción de la Ley 8347 “Ley Provincial del Deporte” Ley que se fue elaborando de abajo hacia arriba, por el trabajo, compromiso e ideas de la dirigencia deportiva que fue consensuando las definiciones y normas que se incorporan al texto legal, que enumera los requerimientos ante el Estado y creando el Consejo Provincial del Deporte.Contribuyéndose también a la Reglamentación de la Ley a través de sucesivos decretos a instancia de un Congreso de Dirigentes Deportivos  realizado en la ciudad de Colon a comienzos de los años 90. Cabe mencionar que la Ley 8347 fue una ley de avanzada, modelo y ejemplo para normas legislativas de otras provincias.

COPRODE que exitosa e ininterrumpidamente a través de 20 años fue el órgano que elaboro planes, proyectos, programas y presupuestos para el deporte de la provincia para ser ejecutados por el Órgano de Aplicación de la Ley, el área de deportes del gobierno provincial.

Con una particularidad, del máximo de 30 integrantes contemplados en la Ley, solo 3 representaban al Gobierno Provincial, Salud, Educación y el área de Deportes, conformándose el resto con auténticos representantes de la comunidad deportiva de base legítimamente elegidos por sus pares, como son las Asociaciones y Federaciones deportivas, los clubes y los municipios.

Sintetizando se puede mencionar que fue época de Juegos Deportivos Entrerrianos, Juegos de Juntas de Gobiernos, de reglamentación de Becas para deportistas y entrenadores amateurs, Programa de apoyo a clubes, de alcanzar 33 salas de Prevención para la Salud de Deportistas en toda la geografía provincial, una experiencia inédita y reconocida a nivel nacional donde se obtenían estadísticas de patologías y factores de riesgo en niños y jóvenes deportistas. A la vez de haber sido un permanente foro de discusión de ideas y formación de dirigentes, dictándose cursos de alto nivel académico

Accionar este ampliamente reconocido y resaltado por los convencionales informantes de los distintos bloques en aquella noche del 31 de julio de 2008.

Muy bien se dice que para comprender el presente y proyectar el futuro es necesario conocer el pasado, es el objeto de esta modesta reseña para la actual generación de dirigentes.

Simplemente recordar y valorizarlas herramientas con que se cuenta, el sustento Constitucional y el trabajo de 30 años de dirigentes deportivos que sin mezquindades soñaron y moldearon otra realidad a la actual. Ni mejor ni peor, diferente.

Como ser que un dirigente deportivo de base, de un club ó de una federación deportiva cualquiera, elegido como tesorero del COPRODE era el encargado de firmar los cheques oficiales con los que se disponía la administración y asignación de los fondos del FOPRODER (Fondo Provincial del Deporte, también creado por la Ley 8347) de acuerdo a lo dispuesto en los plenarios del COPRODE, donde se discutía y se defendía cada peso que se invertía para el deporte en acuerdo con el Órgano de Aplicación  y como acabada muestra de austeridad y transparencia.

Este 31 de julio de 2020 se cumplirán doce años de aquella histórica jornada, hace 10 años el COPRODE está desarticulado, pese a las recurrentes promesas de gobernantes y funcionarios para reactivarlo en evidente falta al mandato Constitucional y la anomia de la dirigencia deportiva.

Quizás, en tiempos tan delicados como el actual, sea momento de leer en el pasado, para moldear un futuro promisorio, utilizando los instrumentos existentes.

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