El CGE establece nuevos criterios para la evaluación de docentes de Educación Superior

El CGE establece nuevos criterios para la evaluación de docentes de Educación Superior

Luego de 32 años, el Consejo General de Educación (CGE) establece nuevos criterios para la evaluación de antecedentes de formación docente y desarrollo profesional en la Educación Superior en Entre Ríos

Con la emisión de la Resolución Nº 1500/22, el organismo central deja sin efecto la normativa anterior del año 1990. En referencia, la presidenta de Jurado de Concursos del CGE, Rita Nievas manifestó “en primer lugar, destacar este gran logro que hizo la gestión en mesa paritaria. Se deroga la resolución 1972 del año 90 y se crea esta nueva normativa la 1500 donde se tendrá en cuenta la evaluación de antecedentes de formación docente y desarrollo profesional en el nivel superior”.

“Cabe destacar que se unifican todos los criterios de evaluación con los niveles Inicial, Primario y sus modalidades con el nivel secundario. Es un trabajo que se ha hecho con muchísima responsabilidad, teniendo en cuenta la importancia que esto va a tener en todos los institutos de la provincia”, subrayó Nievas.

Por su parte, el director de Educación Superior del CGE, Diego García contó “es sumamente importante lo que viene a establecer esta normativa. Permite la derogación de la 1972 que es del año 1990 donde el sistema formador y donde las condiciones para ese sistema y todo lo que tenía que ver con el desarrollo profesional de nuestros docentes, era totalmente distinto”.

En otra línea García aseguró “el sistema educativo nacional y provincial hoy tienen otra demanda y la norma concursal tiene que responder a esas nuevas demandas que de alguna manera establecer el propio sistema educativo en relación al desarrollo curricular y profesional y a la formación continua”.

“Esta Resolución fija criterios nuevos en relación a la evaluación”, explicó el funcionario y agregó “ordena un sistema concursal ya que había una convivencia de normativas que de alguna manera determinaban ciertas inconsistencias en relación a la propia interpretación de ese norma por parte de los docentes y de los consejos evaluadores”.

“En la medida en que tengamos un proceso de clarificación esto permite por un lado la prolijidad de un acto concursal y por el otro, una claridad al concursante, a los docentes e institutos en relación a aquellas instancias de desarrollo profesional que impactan en la formación inicial y continua y permite el acceso a determinados lugares, campos, cargos que es a lo que aspiran nuestros docentes”, ultimó García.

Arriba